LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS DE ENTRE RIOS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: Dirigirse al PODER EJECUTIVO PROVINCIAL a los fines de que instruya a los legisladores nacionales de la provincia de Entre Ríos para que impulsen en el Congreso de la Nación la coparticipación total (100%) del Impuesto a los Débitos y Créditos Bancarios ó Impuesto al Cheque, en el marco, sentido y alcance de la Ley de Coparticipación Nacional de Impuestos Nº 23.548/88.-
Artículo 2º: De forma.-
FUNDAMENTOS:
El impuesto al cheque fue creado como un impuesto de emergencia a mediados de 2001. En aquel contexto de apremiante situación fiscal se priorizó su altísima capacidad recaudatoria por sobre los múltiples perjuicios que generaría sobre el blanqueo y la bancarización. Por estas últimas razones, se decidió que su vigencia fuera por tiempo determinado.
El Gobierno Nacional no solo ha prorrogado la vigencia del impuesto sino que ha consolidado su distribución. Actualmente sólo el 30% de la recaudación del impuesto es coparticipable (solamente el 15% llega a las Provincias), mientras que el 70% restante tiene una insólita asignación específica al Tesoro Nacional. Se desvirtúa así por completo el concepto de “asignación específica”. Si no existiera esta asignación específica el impuesto debería ser 100% coparticipable.
Las asignaciones específicas tienen como objetivo destinarse a finalidades particulares para las cuales se pretende garantizar el financiamiento independientemente de lo que suceda con los recursos del Tesoro. Pero acá se le está garantizando un recurso al Tesoro Nacional para que lo utilice con total discrecionalidad y sin ningún objetivo particular que haya establecido el Congreso de la Nación.
La redacción actual sostiene que “el 70% del impuesto ingresará al Tesoro Nacional y lo administrará el PEN a fin de contribuir a consolidar la sustentabilidad del programa fiscal y económico”. Esto de ningún modo es una asignación específica. Con ello se sustraen recursos de la masa coparticipable sin que éstos tengan una (verdadera) afectación específica.
La distribución original del impuesto fue una decisión política en un contexto de emergencia que nada tiene que ver con el actual. El impuesto iba a ser transitorio y, por ende, se le daba una distribución transitoria. Pero el impuesto se ha convertido en permanente y por lo tanto la distribución tiene que ajustarse al marco general que rige las relaciones fiscales entre la Nación y las Provincias, esto es, que el 100% de la recaudación del impuesto sea coparticipable.
Esto último sólo será posible si los 9 legisladores nacionales que la provincia de Entre Ríos tiene en el Congreso Nacional unen sus voluntades junto a los de las demás provincias y legislan sobre la necesidad de que la totalidad de la recaudación de este tributo se coparticipe a las provincias, a fin de paliar las agotadas arcas provinciales y municipales, cada vez mas exhaustas por los requerimientos salariales, de proveedores, y de fondos para obras públicas, cortando la dependencia de los actos discrecionales del Gobierno Nacional.-
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