lunes, 15 de abril de 2013

INICIATIVA EN DEFENSA DEL CONSUMIDOR

El diputado provincial, Antonio Julián Rubio (UCR Gualeguay), presentó en la Cámara de Diputados de Entre Ríos, un proyecto de Ley tendiente a la protección de los derechos de los usuarios.

Se propicia que las entidades financieras y los establecimientos comerciales garanticen que el tiempo de espera en caja, no supere el término de media hora y que toda persona que concurra al lugar dentro del horario establecido para la atención al público, sea efectivamente atendida.

La iniciativa determina como autoridad de aplicación, a la Dirección General de Defensa al Consumidor, dependiente de la Secretaría de la Producción, la que deberá ejercer el control y vigilancia del cumplimiento de lo establecido en norma, de ser sancionada.

Los infractores serán sancionados con multa y / o clausura del local y el monto de las multas será graduado por la autoridad de aplicación de acuerdo con la gravedad de la infracción.

En caso de reincidencia se aplicará multa equivalente al doble establecido, considerándose reincidencia a toda nueva infracción cometida en el término de un año.

El proyecto propicia también la realización de campañas de difusión integral por parte de la autoridad de aplicación, a través de su publicación en medios masivos de comunicación y de campañas de concientización.

También las entidades financieras y los establecimientos comerciales deben exhibir en el sitio de pago una leyenda visible para los usuarios que informe los alcances de la medida.

Un trato indigno: Al fundamentar su proyecto, el diputado Rubio, consideró: "Demoras o largas esperas constituyen un trato indigno y hay muchas formas de tratar de esa forma al usuario. Una de ellas es someterlos a trámites excesivos o a prolongados retrasos. Si los usuarios se transforman en rehenes de los proveedores, lógicamente estamos ante situaciones no equitativas, que los colocan en una posición de clara y manifiesta indefensión frente y ante los proveedores", dijo.

Y agregó: "Permitir que los proveedores impongan a los usuarios medidas de atención que impliquen retraer los derechos de estos últimos, aun porque generan pérdida de tiempo, implica sin dudas, una decisión que atenta contra la dignidad del sujeto usuario, quien es dueño de su tiempo, y tiene la libertad de disponer de él como le plazca. En este sentido se ha sostenido que el retraso del proveedor con cumplir sus obligaciones significa nada menos que la privación del derecho elemental del ser humano de decidir cómo y dónde ocupar su tiempo", remarcó.

Más adelante el legislador del radicalismo, detalló:"Pérdida de tiempo como consecuencia de una manipulación del tiempo del usuario por parte del proveedor implica un trato abusivo, que puede provenir de impericias o negligencias del proveedor, tales como postergaciones del proveedor en cumplir su obligación, retraso en la partida o arribo de un transporte, complejos trámites para reclamar o solicitar la validez de un derecho, demoras para poder cobrar o para cumplir con una obligación de pago, concreción de los servicios fuera de tiempo, o excesivas demoras. También significa un abuso sobre el usuario las situaciones de largas colas y dilatados tiempos de espera en cajeros automáticos y líneas de caja de entidades bancarias. El usuario que no puede disponer libremente de su tiempo como consecuencia del incumplimiento o de la impericia o negligencia del proveedor o prestador asiste a una pérdida de tiempo e, incluso, un menoscabo de la libertad personal".

Finalmente Rubio expresó: "Es pertinente la sanción de una norma específica que sancione al proveedor cuando hace incurrir al usuario en esperas innecesarias y excesivas, que implican una manipulación del tiempo de éstos y, consecuentemente, un trato indigno. La presente iniciativa establece claramente que los proveedores deben atender a los usuarios dentro de un tiempo determinado, que estimamos en 30 minutos. De esta manera consideramos se garantiza que los usuarios sean objeto de trato digno, el proveedor actúe con pericia y celeridad, se respete la independencia de vida del usuario, y la disposición, por él, de modo exclusivo de su tiempo", concluyó.

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