Por Jorge Marcelo D´Agostino.
El merengue dialéctico de CFK al querer explicar en su discurso ante la Asamblea lo que quiere decir “democratización de la Justicia” no deja de provocar estertores, porque en verdad lo que se quiere es “electoralizar” a los jueces, situación que se encuentra vedada por el Art 114 de la Constitución Nacional, ya que con excepción de los miembros de la CSJN, todos los jueces inferiores, deben ser designados por concursos de oposición y antecedentes. Entonces se corta el camino con la idea de elegir popularmente no a los jueces sino a los consejeros del Consejo de la Magistratura de la Nación (CM)
El Art 114 dice: “El Consejo de la Magistratura, regulado por una ley especial sancionada por la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada Cámara, tendrá a su cargo la selección de los magistrados y la administración del Poder Judicial. El Consejo será integrado periódicamente de modo que se procure el equilibrio entre la representación de los órganos políticos resultantes de la elección popular, de los jueces de todas las instancias y de los abogados de la matrícula federal. Será integrado, asimismo, por otras personas del ámbito académico y científico, en el número y la forma que indique la ley. Serán sus atribuciones: 1. Seleccionar mediante concursos públicos los postulantes a las magistraturas inferiores. 2. Emitir propuestas en ternas vinculantes, para el nombramiento de los magistrados de los tribunales inferiores. 3. Administrar los recursos y ejecutar el presupuesto que la ley asigne a la administración de justicia. 4. Ejercer facultades disciplinarias sobre magistrados. 5. Decidir la apertura del procedimiento de remoción de magistrados, en su caso ordenar la suspensión, y formular la acusación correspondiente. 6. Dictar los reglamentos relacionados con la organización judicial y todos aquellos que sean necesarios para asegurar la independencia de los jueces y la eficaz prestación de los servicios de justicia.
El Consejo está integrado por trece miembros, de acuerdo con la siguiente composición:
1. Tres jueces del Poder Judicial de la Nación, elegidos por el sistema D`Hont, debiéndose garantizar la representación igualitaria de los jueces de cámara y de primera instancia y la presencia de magistrados, con competencia federal del interior de la República.
2. Seis legisladores. A tal efecto los presidentes de la Cámara de Senadores y de la Cámara de Diputados, a propuesta de los bloques parlamentarios de los partidos políticos, designarán tres legisladores por cada una de ellas, correspondiendo dos a la mayoría y uno a la primera minoría.
3. Dos representantes de los abogados de la matrícula federal, designados por el voto directo de los profesionales que posean esa matrícula. Uno de los representantes deberá tener domicilio real en cualquier punto del interior del país.
4. Un representante del Poder Ejecutivo.
5. Un representante del ámbito académico y científico que deberá ser profesor regular de cátedra universitaria de facultades de derecho nacionales y contar con una reconocida trayectoria y prestigio, el cual será elegido por el Consejo Interuniversitario Nacional con mayoría absoluta de sus integrantes.
Para que a los consejeros que integren el CM los elija el pueblo con pretensiones de un Poder Judicial independiente de la política partidaria, sus elecciones deberán ser diferentes a las que hoy reglamenta la ley del CM, donde se determina que todos serán electos según el segmento al que representan, por sus pares, esto es, al representante de la judicatura lo eligen los jueces, a los legisladores los legisladores y así con los académicos y con los abogados.
Hoy las elecciones son por estamentos y rara vez coinciden unas con otras. Es decir que tomando el discurso presidencial, tendríamos o una elección nacional para elegir 2 abogados de consejeros, un representante de la academia etc, o todos los consejeros serían electos por listas en un día donde se concreta la elección completa del órgano
Alguien supone, que el kirchnerismo no armaría listas y apoyaría a sus candidatos para el CM en una elección? Probablemente los demás partidos pretendan hacer lo mismo. El resultado que se obtendría de éste procedimiento que llevará a consejeros a comprometerse con el sistema de partidos y no con el sistema judicial, será pésimo. La ley reglamentaria del CM en vigencia, tiene vulnerabilidades propias de un Congreso mayoritario dependiente del Poder Ejecutivo, que pretende manipular la selección y el enjuiciamiento de los jueces, pero aun así, es mejor que cualquier ley reglamentaria que mezcle los partidos políticos con el poder judicial.
Suponiendo que esto no se produzca y que los partidos no compitan con candidatos al CM, no se explica en que cambia la agilidad, efectividad y eficiencia en el servicio de justicia si lo que se cambia es el modo de elegir a los que eligen los jueces y el sistema seguirá igual.
La Justicia participativa está siendo explorada en provincias como Córdoba y Neuquén con el Juicio por Jurados y en Entre Ríos se estudia desde hace mucho tiempo, pero esto nada tiene que ver con la elección popular de jueces o de consejeros del CM. El juicio por jurados en algunos casos se ha estimulado por un lado, porque le da inmediatez al pueblo con la determinación de culpabilidad de aquellos que son imputados en un delito y por otro se lo reprueba por su costo desde la mirada de la administración y por su falta de seguridad desde la mirada del ciudadano, que supone será objeto de venganza de aquellos a quienes condene. Todo esto se está analizando y hay seminarios y congresos que estudian su puesta en práctica lo que aún no madura para concretarse.
Pero, elaborar este discurso haciendo creer que se someterá al Poder Judicial al escrutinio popular y que la administración de justicia cambiará de milamores, es otro más de los tantos anuncios que sirven de carnada para una sociedad, que se ha despertado de tanto ir a la góndola a buscar comida y ver que le mienten todos los días. Todas las grandes reformas anunciadas como elegir por concurso a los empleados o acelerar los pleitos, se lograrán con autoridad y virtud republicana.
Por nuestra parte, Entre Ríos debe estar orgullosa de su Consejo de la Magistratura, (hemos hablado aquí http://jorgedagostino.blogspot.com.ar/2012_11_01_archive.html ) que es modelo en el país, por ostentar el más alto índice de independencia de los partidos y del poder político. El único que no entiende esto es el Poder Ejecutivo, que apoya las improvisadas reformas nacionales pero ha bloqueado el Concurso provincial 79, violando las normas constitucionales. Está visto que no hay peor sordo que el que no quiere oír.
La manipuladora idea del gobierno, muy alejado de las prácticas democráticas, es encontrar un enemigo poderoso que al atacarlo le dé redito electoral para 2013. El Poder Judicial de la Nación, ha hecho todo para merecer el cargo.
(*) Presidente Comité Provincial UCR -ER
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